Los podólogos recuerdan a los esteticistas que no pueden usar instrumentos de corte

Los podólogos recuerdan a los esteticistas que no pueden usar instrumentos de corte

  • El Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos recuerda que el ejercicio de actos propios de una profesión sin el título constituye una falta penal de usurpación e intrusismo
  • El Consejo recuerda que los esteticistas no pueden utilizar el término Podología o similares ni para actividades formativas ni profesionales

 

Madrid, 3 de agosto de 2018.- El Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, en defensa de su profesión y comprometido en la lucha contra el intrusismo quiere mostrar su preocupación por el desconocimiento de la Ley exhibido en público por algunos profesionales esteticistas. El Consejo General de Colegios de Podólogos ya hizo llegar a la Federación de Esteticistas un informe, sobre la prohibición del uso de instrumentos de corte por el colectivo de esteticistas.

Así, de acuerdo con la Orden ESS/ 1451/ 2013, de 29 de julio, por la que se establecen disposiciones para la prevención de lesiones causadas por instrumentos cortantes y punzantes en el sector sanitario y hospitalario, se define el concepto de “instrumental sanitario cortopunzante”: cualquier objeto o instrumento necesario para el ejercicio de actividades específicas de la atención sanitaria, que pueda cortar, pinchar y causar una herida o infección.

El instrumental sanitario cortopunzante se considera “equipo de trabajo sanitario” conforme a los términos del Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores sanitarios de los equipos de trabajo.

Asimismo, el instrumental médico cortopunzante tiene la consideración de “producto sanitario”, conforme al Real Decreto 1591/ 2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios, y debe cumplir lo establecido en dicha reglamentación.

El colectivo de esteticistas no constituye una profesión sanitaria y, como consecuencia, no puede usar dicho instrumental sanitario, al no reunir las competencias profesionales exigidas por la Ley.

En el informe remitido a la Federación de Esteticistas, el Consejo General de Colegios de Podólogos advertía de que “el ejercicio de actos propios de una profesión, sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente” constituye unafalta penal”, recogida en el artículo 403 (“De la usurpación de funciones públicas y del intrusismo”) y 637 (Faltas contra el orden público) del Código Penal.

 

El Consejo General dispone de informes jurídicos y periciales en los que se menciona que incluso las fresas para pulir (nunca para rebajar una uña engrosada que constituiría una patología) deberían ser de un solo uso, porque los centros de estética no disponen de esterilizador (autoclave) y aseguran que no pueden utilizar ni siquiera alicates para cortar las uñas.



Prohibida la publicidad “podológica” para los esteticistas

Del mismo modo, como consecuencia de lo anterior y de la misma existencia de una titulación académica oficial, habilitante para el ejercicio de la profesión de podólogo, debe prescindirse de cualquier actividad publicitaria en la que se utilice el término «Podología», u otros términos con idéntica raíz semántica, tanto para la realización de actividades formativas, como profesional, cuando dichas actividades sean realizadas exclusivamente por esteticistas.

 

El Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos quiere advertir a la ciudadanía de los riesgos para la salud que suponen ciertas prácticas que se están llevando a cabo por algunos profesionales que no pertenecen a la Podología. En concreto, quiere poner el foco del intrusismo en algunos centros de estética por usar elementos cortantes cuando no tienen autorización sanitaria.

 

En el último año, el Consejo General de Colegios de Podólogos ha detectado la realización de este tipo de prácticas ilegales que suponen un intrusismo para la Podología, además de un riesgo para la salud para las personas que reciben estos servicios fraudulentos, y por ello interpondrán las medidas legales pertinentes en los casos que sea necesario.

 

El Consejo de Podólogos asegura que algunos centros de estética empiezan con tratamientos desde el punto de vista estético y luego pasan a realizar tratamientos sanitarios. En estos establecimientos se pueden limar, pintar o pulir uñas pero, por ley, tienen prohibida la utilización de instrumentos cortantes. No pueden emplear nada que sea cortante. Quien lo hace somete a un grave riesgo a las personas usuarias porque estos centros no tienen los instrumentos ni los medios para evitar cualquier problema de salud, como una hemorragia al cortar durezas en los pies, por ejemplo. Además, en ocasiones utilizan material que no ha pasado el debido proceso de esterilización por lo que hay un riesgo real de infecciones.

 

Para más información:

Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos

Javier Alonso García

686 97 67 57

prensa@cgcop.es

 

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